Perito en evaluación de daños por desastres naturales

En España cuando ocurre alguna catástrofe natural, se debe recurrir al Consorcio de Compensación de Seguros. Este organismo tiene titularidad pública, ya que depende del Ministerio de Economía, pero los fondos económicos provienen de las pólizas privadas que pagan los asegurados. Este organismo se financia a través de una especie de extra que está asignado a todas las pólizas de seguros que se pagan en nuestro país.

PERITO EN EVALUACIÓN DE DAÑOS POR DESASTRES NATURALES

A diferencia de otras partes del mundo, en parte debido a la incidencia de los casos de catástrofes naturales, donde hay que pagar grandes sumas para poder optar a una cobertura en este tipo de casos, en España pagamos de forma habitual una cláusula que permite compensar la indemnización por este tipo de daños. El consorcio indemniza de forma equivalente a la póliza del afectado. Si la póliza era muy completa probablemente el afectado podrá cubrir todos los daños con la indemnización. Sin embargo, el consorcio determina mediante el trabajo de un perito experto en desastre naturales y en base a su reglamento los bienes que va a cubrir y aquellos que quedan excluidos. En cada tipo de bien el perito realizará una valoración distinta de la evaluación por desastres naturales:

  • Vehículos. En el caso de los coches, el seguro a terceros obligatorio, como el propio nombre indica solo cubre a la persona afectada en caso de accidente y no tiene en cuenta este tipo de desastres. En estos casos el perito deberá verificar si el tomador poseía un seguro a todo riesgo a fin de establecer la indemnización.

  • Vivienda. Tomando como ejemplo el caso de la DANA, el perito verificará que se hayan cumplido las condiciones y en la mayoría de casos se indemnizarán los desperfectos causados en la vivienda, excepto en el caso de los muebles, que requerirán de un seguro especial contratado previamente.

  • Empresas. En el caso de los negocios, el consorcio basándose en la estimación del perito deberá cubrir los daños materiales. No obstante, dependiendo del caso, no se garantizará la compensación por pérdidas pecuniarias, es decir, aquellas dadas como consecuencia de la ausencia de beneficios.

En todo caso el perito deberá valorar los daños y establecer una cifra que suponga una estimación aproximada de los daños sufridos en cada caso.

CÓMO AFECTA LA ZONA GEOGRÁFICA A LOS DESASTRES NATURALES

A la hora de hablar de desastres naturales, afortunadamente, no podemos decir que España sea un país propenso a los desastres naturales dada su situación geográfica. No obstante, existen algunas zonas de España donde sí se han dado catástrofes naturales, como inundaciones o terremotos.

Como es evidente, las compañías de seguros calculan la prima en relación con el riesgo que queramos asegurar. Es por este motivo que la zona en la que se ubique la vivienda, vehículo o negocio se tiene muy en cuenta a la hora de establecer el precio del seguro. Este precio puede verse muy incrementado si estamos ante una zona donde se produzcan con frecuencia ( o exista un riesgo mayor) desastres naturales.

Este tipo de desastres son muy difíciles de prever pero su frecuencia si puede observarse a simple vista. Por ejemplo, en el caso de nuestra región, ha habido varios casos de seísmos, como el de Lorca, que supuso una catástrofe económica y social.

En el caso de que contemos en nuestro bien inmueble con un seguro y vivamos en zonas de movilidad sísmica podemos ver muy facilitada la reparación de los daños causados por este tipo de desastres. Gracias a las indemnizaciones, podremos reparar cualquier daño que sufra nuestra vivienda o negocio y sustituir nuestras propiedades que se dañaron en el interior. En el caso de que la vivienda quede totalmente devastada y no exista posibilidad de reparación, este tipo de seguros pueden ayudarnos a la compra o alquiler de una nueva vivienda.

Además de los casos de terremotos, hay que destacar que el desastre natural que más daños ha producido en España a día de hoy son las inundaciones. En estos casos el seguro de una vivienda o negocio, normalmente, únicamente cubrirá las causas de inundación producidas por deshielo, aguas procedentes de ríos, lagos o mares que han sido desbordados y los maremotos.

Como acabamos de ver, no están incluidos en los seguros ordinarios las inundaciones provocadas por la lluvia o la rotura de presas, alcantarillas, colectores y el resto de tipos de estructuras de almacenamiento de agua de forma artificial. Este tipo de catástrofes estarán cubiertas por el consorcio siempre y cuando sean derivadas de algún tipo de desastre natural.

No obstante, si este tipo de eventos son exclusivos y gozan de carácter extraordinario, si serán asegurados. Cuando se trate de hechos que sean oficialmente considerados como catástrofe Nacional no quedarán cubiertos en ningún caso.

QUIÉN PAGA LA INDEMNIZACIÓN POR DESASTRES NATURALES

Las catástrofes naturales en España son eventos que no suelen ocurrir con mucha frecuencia, sin embargo pueden suceder en cualquier zona del país y afectar a cualquier persona. Cuando nos encontramos ante este tipo de eventos, existe una gran probabilidad de que causen tanto pérdidas materiales como humanas. No obstante, en los últimos años nuestro país se ha adaptado para poder frente a este tipo de situaciones sea cual sea el caso.

Al contrario que ocurre en otros países, desde hace más de 50 años en España existe un sistema especial para recuperar en la medida de lo posible todos los daños que hayan podido sufrir las personas en sus bienes y en sí mismas.

Como hemos comentado al principio de este post, este sistema se basa en el pago de una prima presente en la mayoría de los seguro que existen en España. Cada ciudadano al contratar un seguro, debe abonar un recargo extra por contingencias extraordinarias. Este recargo es conocido como Recargo del Consorcio de Compensación de Seguros y es la base de este organismo. El Consorcio de Compensación de Seguros, a pesar de ser un organismo público, no se financia a través de impuestos, sino a través de este recargo. Este dinero es guardado para los casos donde se produce una catástrofe. Cuando ocurre un desastre natural, es este Consorcio quien paga al asegurado en lugar de la propia empresa aseguradora.

Como hemos comentado, existen zonas que tienen más tendencia a sufrir inundaciones, terremoto o sequías. En la mayoría de países del mundo, los asegurados deben pagar unas pólizas más altas dependiendo de la zona en la que vivan, pero en el caso de España, cada póliza abona este recargo establecido por la legislación española y es por esto que, en todas las zonas de España se paga la misma cantidad independientemente de la probabilidad de que suceda una catástrofe natural.

EL CASO DE LA GOTA FRÍA

En el caso de la gota fría, se ha cumplido esta premisa y el Consorcio de Compensación de Seguros que se encarga de cubrir este tipo de desastres naturales ha cifrado el impacto de esta última gota fría en más de ciento noventa millones de euros. Como hemos comentado, esta organización solo cubre a los asegurados que se sitúan en torno a las veintinueve mil personas.

Este desastre natural no cuesta dinero ni a esas personas afectadas, ni al Estado español, sino al fondo de contingencias extraordinarias establecido por el Consorcio de Compensación de Seguros y del que nos hacemos cargo la totalidad de los españoles que poseen un seguro de casi cualquier tipo.

Tras un primer peritaje de daños, habrá que tener en cuenta los seis ciudadanos que murieron en la gota fría y los miles de evacuados, convirtiendo a la DANA en la peor gota fría en más de cien años. Tras esta estimación la cifra de ciento noventa millones será aumentada suponiendo la mayor indemnización por riesgos extraordinarios desde que en 2011 Lorca sufriera un seísmo sin precedentes en nuestro país.

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