Las 7 claves para reclamar el cártel de coches

Los interesados en la reclamación para el cártel de fabricantes de automóviles son aquellos individuos que se han visto damnificados por la existencia de esta asociación. Las prácticas de intercambio de información comercialmente sensible pueden haber repercutido en el equilibrio del mercado, así como en las fluctuaciones de la oferta y demanda.

Os damos las claves a tener en cuenta para tener éxito en la reclamación al cártel de coches. Teniendo en cuenta los siguientes puntos las posibilidades de que consigas vencer en el procedimiento jurídico son muy altas.

1. El estudio de viabilidad

El estudio de viabilidad es una herramienta para prevenir posibles complicaciones en el procedimiento de reclamación. Los especialistas legales encargados de iniciar el procedimiento tienen la capacidad de estudiar las particularidades de cada caso de manera individualizada.

Gracias a este examen técnico, los reclamantes evitan perder tiempo y realizar esfuerzos por una reclamación que no va a fructificar. Este documento determina las posibilidades o garantçis de éxito atendiendo a las características de los procesos comerciales realizados entre cliente reclamante y marca de fabricante de automóviles reclamada.

2. Los profesionales: abogado y perito

El equipo técnico con el que se va a contar es de imprescindible valor. Son dos los tipos de profesionales más relevantes para el proceso de reclamación, el abogado de competencia o procesos de reclamación y el perito judicial económico.

El abogado es el representante legal de los reclamantes durante todo el procedimiento de reclamación. Tiene conocimientos extensos sobre las sentencias, cronología y empresas participantes en el cártel de coches, lo que le da ventaja. Es además, el encargado de la tramitación extrajudicial como de las negociaciones de indemnización, por lo que no se puede esperar la victoria sin el uso de sus servicios.

El poder de negociación del abogado también reside mucho en el peritaje económico realizado por el perito economista. Esta investigación consta de un examen técnico de todas las variables de las transacciones comerciales, a fin de poder cuantificar el daño percibido por el afectado reclamante.

3. La reclamación por daños y perjuicios

Con la ayuda de los profesionales del equipo legal se puede iniciar el proceso de reclamación por daños y perjuicios. El objetivo de este proceso es la **obtención de una indemnización económica ** en base a las restricciones aplicadas al afectado.

Esta reclamación puede darse de forma individualizada, en la que el reclamante usa la vía amistosa o civil para conseguir la indemnización por daños y perjuicios. En el caso del cártel de coches es más aconsejable primero probar la vía amistosa, ya que al haberse emitido una sentencia firme en la CNMC, va a ser más fácil conseguir una cuantía de manera eficaz.

4. La demanda colectiva

La demanda colectiva es la herramienta jurídica que está puesta a disposición de todos los reclamantes por el cártel de coches. Diversas asociaciones de afectados se han creado con la intención de aumentar su fuerza de negociación en la demanda.

Liderados por un equipo legal de abogados y peritos judiciales, los afectados tienen más posibilidades de conseguir una indemnización por daños y perjuicios. Además, al tratarse de una agrupación de afectados de características similares, el proceso es más eficaz y produce un** abaratamiento de los costes **asociados al procedimiento jurídico.

5. El informe pericial

El informe pericial económico es el recurso que se utiliza en el peritaje del cártel de coches para aumentar el poder de negociación en las demandas colectivas o los procedimientos de reclamación. Este informe es la representación fiel de los abusos de poder o económicos que los integrantes del cártel pueden haber producido en las transacciones comerciales con los clientes.

Este dictamen pericial es la mejor manera de realizar una cuantificación de daños, lo que permite determinar una cifra económica justa para indemnización compensatoria por los daños y perjuicios.

6. La indemnización de daños y perjuicios

La indemnización de daños y perjuicios es el fin último de la reclamación por daños y perjuicios. Cada uno de los casos de los reclamantes tiene unas características particulares, por lo que debe ser estudiado de manera diferente.

La defensa jurídica que se construya debe estar fundamentada en los resultados de la investigación pericial económica para ser consciente de la cuantificación de los daños. La documentación aportada por el afectado permite al perito económico determinar cronológicamente las transacciones comerciales.

A través de justificantes de compras o los permisos de circulación se puede determinar el precio que debe haber tenido esa adquisición o uso de servicio de postventa. El perito tiene la capacidad de reproducir el mercado en condiciones de competencia normales, a fin de discernir cuál sería el precio adecuado para la transacción comercial.

En el caso de que la cifra no coincida, esta simulación permite al perito esclarecer que se hayan realizado sobreprecios o sobrecostes en la aplicación de las tarifas de los distribuidores comerciales. Los fabricantes de automóviles particiàntes del cártel pueden haberse aprovechado de los intercambios de información para conseguir mayor rentabilidad en las transacciones.

7. La sentencia de la CNMC

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) fue el organismo sancionador que puso de relieve las actuaciones en las que se vio envuelto el cártel de coches desde 2006 hast 2013. La sentencia emitida el 25 de julio de 2015 es el antecedente de hecho más valioso durante la construcción de la defensa jurídica. En la siguiente tabla, se puede ver la relación de distribuidores comerciales y fabricantes de automóviles que fueron encontrados culpables:

AUTOMÓVILES CITROËN ESPAÑA, S.A.
 B&M AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A.
 BMW IBÉRICA, S.A.U.
 CHEVROLET ESPAÑA, S.A.U.
CHRYSLER ESPAÑA, S.L.
 FIAT GROUP AUTOMOBILES SPAIN, S.A.
 FORD ESPAÑA, S.L.
GENERAL MOTORS ESPAÑA, S.L.U.
HONDA MOTOR EUROPE LIMITED, SUCURSAL EN ESPAÑA, S.L.
HYUNDAI MOTOR ESPAÑA, S.L.U.
KIA MOTORS IBERIA, S.L.
MERCEDES BENZ ESPAÑA, S.A.
NISSAN IBERIA, S.A.
ORIO SPAIN, S.L.
PEUGEOT ESPAÑA, S.A.
PEUGEOT CITROEN AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A.
PORSCHE IBÉRICA, S.A.
RENAULT ESPAÑA, S.A.
RENAULT ESPAÑA COMERCIAL, S.A.
SEAT, S.A.
TOYOTA ESPAÑA, S.L.
VOLKSWAGEN AUDI ESPAÑA, S.A.
VOLVO CAR ESPAÑA, S.A.

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